¿En qué lugar se han de presentar las proposiciones?
I.-Introducción Hoy nos vamos a detener en las respuestas efectuadas por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado (Expediente 71/18, de 10 de octubre de 2018) a dos consultas formuladas por la Diputación Provincial de Alicante. En la primera se planteaba si en el procedimiento abierto simplificado es o no posible admitir proposiciones presentadas en las Oficinas de Correos al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de la LCAP. Y en la segunda consulta, se planteaba si se debería o no indicar en los Pliegos de Clausulas Administrativas Particulares (PCAP) que las ofertas remitidas por correo u otra forma de presentación, en caso de ser recibidas en el registro indicado en el anuncio de licitación con posterioridad a la fecha y hora señalada como tope para el plazo de presentación de proposiciones, se considerarán presentadas fuera de plazo y, por consiguiente, no serán admitidas a la licitación. Es bueno subrayar que la solución dada en esta consulta no solo valdría con carácter general para el indicado procedimiento si no para cualquier otro de los señalados en la vigente ley contractual. Por ello advertimos de su importancia práctica. II.-Régimen jurídico La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado (en adelante JCCPE) considera que ambas consultas han de resolverse conforme al criterio señalado por el legislador en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en lo sucesivo LCSP), en cuyo artículo 159.4 c) se establece para los procedimientos abiertos simplificados la siguiente especialidad: “Las proposiciones [...]
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