La revisión de precios (I)

La revisión de precios (I)

I.-Introducción A lo largo de próximos artículos vamos a tratar en este espacio sobre una cuestión que sigue preocupando a los sujetos económicos que actúan en el ámbito de la contratación pública: la revisión de los precios. En cada uno de tales artículos nos acercaremos a los distintos Informes que al respecto ha emitido la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado (en lo sucesivo JCCPE) y que por su interés consideramos necesario abordar aquí. Como por costumbre hacemos al comienzo de estos artículos, en la presente entrega haremos uso junto a la siempre ineludible Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras (en lo sucesivo RD-ley 3/22), cuando en los mismos exista una situación de mora culpable del contratista. Por consiguiente, estamos ante cuestiones concretas que se abordan en la revisión de precios de tal manera que no se trata de un análisis que comprende todas las situaciones sino sólo aquellas por las cuales se han solicitado consulta a la citada JCCPE. Y, por tanto, los epígrafes siguientes harán referencia a las consultas formuladas al mencionado órgano consultor. II.-Sobre la aplicación del Real Decreto-ley 3/2022 a los supuestos en que la obra se encuentre en ejecución por causa de un retraso imputable al contratista. Sobre esta particular cuestión ya tuvo ocasión de pronunciarse la JCCPE en su informe 40/2022, de 14 de febrero de 2023 al señalar: “Por el hecho de que [...]

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