Principales novedades en la nueva ley de contratos del sector público (Parte II)
1º.-Introducción. Una vez hemos abordado, en líneas generales, el ámbito subjetivo de la nueva ley, a continuación nos adentramos en su ámbito objetivo. El texto comienza por perfilar aquellos contratos y negocios jurídicos que se encuentran fuera de su ámbito de suerte que los mismos se tendrán que regir por sus normas especiales, pero teniéndose en cuenta los principios de la Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. 2º.-Negocios y contratos excluidos de la Ley Por fin, se determinan los negocios y los contratos que quedan fuera de la Ley. Se señalan como negocios y contratos excluidos: a) Aquellos determinados en el ámbito de la Defensa y de la Seguridad, b) Los Convenios y las encomiendas de gestión, c) Determinados contratos celebrados en el ámbito internacional, d) Determinados contratos celebrados en el ámbito de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación, d) Determinados contratos y negocios jurídicos dentro del ámbito del dominio público y en el ámbito patrimonial, e) Determinados contratos en el ámbito financiero, f) La relación de servicio de los funcionarios públicos y los contratos regulados en la legislación laboral, g) Los relacionados con los servicios públicos cuya utilización por los usuarios requiera el abono de una tarifa, tasa o precio público, h) Los contratos relativos a servicios de arbitraje y conciliación, etc. 3º.-Los contratos del sector público En este epígrafe nos adentraremos en las siguientes cuestiones: la delimitación de los tipos contractuales, los contratos sujetos a una regulación armonizada y a los contratos administrativos y contratos privados. La Ley delimita los tipos contractuales en: contratos de obras, concesión de obras, concesión de [...]
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