Principales novedades en la nueva ley de contratos del sector público (Parte III)

Principales novedades en la nueva ley de contratos del sector público (Parte III)

Principales novedades en la nueva ley de contratos del sector público (Parte III)

I.-Introducción Siguiendo con el estudio de las principales novedades que ofrece la nueva Ley contractual pública, volvemos a recalcar la desaparición del contrato de gestión de servicios públicos y la figura contractual de colaboración público y privada, esta última por su más bien escasa utilización manteniéndose en cambio el procedimiento de dialogo competitivo como cauce para adjudicar otros contratos que no sean el de colaboración pública y privada. En este artículo nos vamos a detener, con carácter general, en dos cuestiones, a los que la nueva Ley otorga un especial protagonismo: la ejecución directa de las prestaciones por la Administración Pública y los procedimientos de adjudicación de los contratos.   II.-La ejecución directa de las prestaciones por la Administración Pública La ley clarifica la cuestión de la ejecución directa a través de los encargos con medios propios no personificados (la llamada contratación in house) y/o con la colaboración de empresarios particulares. Así, en cuanto a la ejecución de obras podrán realizarse por los servicios de la Administración Pública ya sea empleando exclusivamente medios propios no personificados o con la colaboración de empresarios particulares. Para ello se han de dar una serie de circunstancias, pues la adjudicación directa puede llegar a menoscabar el principio sacrosanto de libre competencia. Esas circunstancias serían: a) Que la Administración tenga montadas fábricas, arsenales, maestranzas o servicios técnicos o industriales suficientemente aptos para la realización de la prestación, en cuyo caso deberá normalmente utilizarse este sistema de ejecución. b) Que la Administración posea elementos [...]

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