Trabajos a contratar y arraigo
I.-Introducción A continuación vamos a tratar de un asunto que fue recientemente resuelto por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (en adelante TACRC) en relación a una impugnación de unos Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP) que regía una licitación convocada por un Ayuntamiento para la contratación de asesoría jurídica, de dirección letrada y defensa judicial. El recurrente fue un despacho de abogados que manifestó su disconformidad con los criterios de solvencia técnica o profesional y adjudicación consistentes en: a) Experiencia en la prestación de servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza a la que constituye el objeto del contrato. Y aquí el Pliego señala la exigencia a los licitadores de un mínimo de contratos adjudicados según el número de habitantes en la población. b) Indicación de la experiencia exigida a los letrados incluidos en la licitación. c) Disponer de un Despacho profesional en la provincia a la que pertenece el Ayuntamiento del municipio. Veamos a ver como resuelve´cada una de éstas cuestiones el TACRC. II.-Experiencia en la prestación de servicios o trabajos en el sector público Para el TACRC este primer motivo ha de ser desestimado, pues considera admisible exigir una experiencia concreta en la prestación de estos servicios a municipios, para una adecuada prestación del servicio. El PCAP realiza una razonable distinción en función del número de habitantes del municipio, exigiendo un mayor o menor número de contratos. No se considera asimilable la experiencia en la prestación de estos servicios jurídicos a personas privadas, que en un Ayuntamiento, por lo que no se considera que la cláusula vulnere [...]
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