Un breve repaso a los procedimientos de adjudicaciones de los contratos
Los procedimientos de adjudicación de los contratos están compuestos de una serie de trámites formales para seleccionar el empresario que finalmente va a celebrar un contrato con la entidad del sector público que haya realizado, al efecto, la correspondiente convocatoria pública. Su regulación sustancial se encuentra ubicada en el Libro III de la Ley de Contratos del Sector Público (Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre) –en adelante TRLCSP-, bajo el epígrafe “Selección del contratista y adjudicación del contrato”. Dentro del mismo se encuentra el Capitulo I del Título I que aborda la “Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas”, mientras que en su Capítulo II se regula la “Adjudicación de otros contratos del sector público”, en definitiva los correspondientes a los poderes adjudicadores que no tengan el carácter de Administraciones Públicas y los de otros entes, organismos y entidades del sector público. A tener en cuenta en estos procedimientos están los principios de igualdad y transparencia que se recogen en el artículo 139 TRLCSP, en cuando que indica: “Los órganos de contratación darán a los licitadores y candidatos un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia”. Al mismo tiempo se recoge el importante principio de confidencialidad al establecerse en su artículo 140 lo siguiente: “1. Sin perjuicio de las disposiciones de la presente Ley relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que [...]
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