Una nueva ley para autónomos

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rebeca.herreros | 12/07/2017

La Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad la Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo después de una larga reivindicación de este importante colectivo que reúne más de una cuarta parte del conjunto de los ocupados de nuestro país (alrededor de 3,2 millones más 872.425 asalariados). Una vez pase el preceptivo trámite del Senado, la citada ley puede ser una realidad con su entrada en vigor durante el mes de septiembre.

Básicamente se trataba de incorporar unos determinados derechos laborales y fiscales a los autónomos que se sentían, con razón, discriminados frente a otros colectivos laborales como puedan ser, por ejemplo, los trabajadores por cuenta ajena. En INFOCONCURSO nos hacemos eco de esta noticia porque queremos ser también portavoces de todos aquellos colectivos que tienen incidencia participativa en las licitaciones.

Las principales medidas contempladas en el texto son las siguientes:

a) Tarifa plana: actualmente los autónomos que se daba de alta por primera vez cotizaban a la Seguridad Social con una cuota fija reducida de 50 Euros durante los primeros seis meses. Ahora dicha tarifa se prolonga seis meses más hasta alcanzar doce (12) meses. Al mismo tiempo también podrán beneficiarse de dicha régimen los que lleven más de dos años en el paro así como las mujeres que se reincorporen tras el periodo de maternidad.

b) Régimen flexible en las cuotas: Los empleados autónomos podrán darse de alta/baja tres veces al año en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y pagar solo por los días efectivamente trabajados. Paralelamente también se podrá cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al año.

c) Bonificaciones del 100%: durante el período de descanso por maternidad, paternidad o adopción, los trabajadores autónomos disfrutarán de una bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social. Disfrutarán también de una bonificación del 100% de la cuota los que cuiden menores o dependientes.

d) Compatibilidad entre el trabajo y la pensión: los autónomos que contraten a otros trabajador/a podrán hacer compatible su empleo con el percibo de una pensión.

e) Accidentes in itinere: los siniestros que sufran los trabajadores autónomos al ir y/o volver al trabajo serán considerados como accidentes laborales.

f) Deducción de determinados gastos: los trabajadores autónomos podrán deducirse en el IRPF el 30% de los gastos de suministros (agua, electricidad y teléfono) que sean atribuibles al desempeño de su actividad económica. En este sentido, si el autónomo dedica parte de su vivienda a la actividad económica o profesional destinando un 20% de toda la casa, solo será objeto de deducción una cuarta parte de las facturas. Y sobre esa cantidad es la que se aplicará la mencionada deducción del 30%.

Esto último no es más que la plasmación de una resolución vinculante que su día dictó al respecto el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) y que obligó a la Agencia Tributaria a aplicar tales deducciones.

g) Desgravaciones por comidas: se contempla la desgravación en el IRPF de hasta 26,67 Euros diarios por los gastos de manutención del trabajador. En el supuesto de que el autónomo se encontrara en el extranjero, la desgravación alcanzaría hasta un máximo de 48 Euros.

En fin, se trata de una Ley que mejora sustancialmente las condiciones laborales y fiscales de los trabajadores autónomos aunque las asociaciones (ATA, UPTA, UGT, Pimec, etc.) lamentan que no se haya ido más lejos en la reforma soslayando la modificación del IVA, el trabajo a tiempo parcial, el paro de los autónomos, etc., en espera de que algunas de tales cuestiones puedan ser completadas a través del pertinente desarrollo reglamentario.

En todo caso, si debe constatarse que los autónomos van a ser por fin el centro de atención de los legisladores hasta el punto de que el Congreso ha decidido crear una Subcomisión del RETA con el fin de impulsar medidas integrales sobre el régimen especial de autónomos.

Por nuestra parte, en INFOCONCURSO seguiremos de cerca cualquier novedad que se produzca al respecto ofreciendo la cumplida información a nuestros clientes.

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