¿Para que sirve la Oficina Nacional de Evaluación (ONE)?

¿Para que sirve la Oficina Nacional de Evaluación (ONE)?

I.-Introducción A continuación, abordamos una institución que se recoge en la Ley 9/2107, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Como es natural, partiremos de la legislación que le resulta aplicable para, a continuación, abordar su definición y objetivos y al final someramente algunos de los más recientes informes emitidos por dicha institución en el bien entendido de que por razones de espacio no podemos adentrarnos en profundidad sobre los mismos. II.-Normativa aplicable Para empezar, debemos referirnos al artículo 333. 1 y 3 de la LCSP, que hace referencia a la ONE, y que textualmente señala: “1. La Oficina Nacional de Evaluación, órgano colegiado integrado en la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, tiene como finalidad analizar la sostenibilidad financiera de los contratos de concesión de obras y contratos de concesión de servicios, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo de la letra b) del apartado 3 (….). 3. La Oficina Nacional de Evaluación, con carácter previo a la licitación de los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios a celebrar por los poderes adjudicadores y entidades adjudicadoras, así como por otros entes, organismos y entidades dependientes de la Administración General del Estado y de las Corporaciones Locales, evacuará informe preceptivo en los siguientes casos: a) Cuando se realicen aportaciones públicas a la construcción o a la explotación de la concesión, así como cualquier medida de apoyo a la financiación del [...]

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